AHORA EN OAXACA: ACTAS PERMANENTES Y DIVORCIOS EXPRESS


Oaxaca (Jaime García).- El Congreso local aprobó reformas y adiciones al Código Civil y al de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca para que las actas de nacimiento no requieran ser actualizadas y evitar con ello que la ciudadanía haga gastos innecesarios; así también para simplificar el procedimiento del divorcio incausado, garantizando con ello el respeto a la dignidad de los ciudadanos.

Cada año miles de oaxaqueños gastan para actualizar sus actas de nacimiento, ya sea porque van a ingresar a planteles educativos, realizarán trámites oficiales o médicos; no obstante, los legisladores se pusieron de acuerdo y, sin contar las diferentes ideologías políticas, todos votaron a favor del dictamen emitido por la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, que adiciona el artículo 66 Bis respecto a la vigencia de las actas de nacimiento en el territorio estatal.

A partir de ahora en adelante, las actas de nacimiento que se encuentren en buen estado, sin tachaduras, borraduras, enmiendas y legibles; podrán utilizarse sin importar el año en que hayan sido expedidas, porque las actas no están sujetas a plazos de caducidad, precisaron los legisladores.

En tanto, en el tema del divorcio, la modificación consiste en que, una vez admitida la demanda de divorcio, el juzgador requerirá al actor para que en término de tres días ratifique su demanda y una vez ratificada se decrete el divorcio, sin necesidad de esperar a la audiencia.

Y una vez decretado el divorcio, el Juez de Primera Instancia remitirá copia de ella al Oficial del Registro Civil ante quien se celebró el matrimonio, para que levante el acta correspondiente.Las reformas se hicieron al artículo 294 del Código Civil y a los artículos 146 y 664 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, que también obedece al principio de interés superior del menor.

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