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Convocatoria a la XXI Asamblea Nacional Ordinaria de fecha 12 de enero de 2013
y su Reglamento, el Comité Directivo Estatal del Partido
Revolucionario
Institucional en el Estado de Oaxaca.
CONVOCA
A los integrantes de los Comités Directivos Municipales; a los integrantes de los
Consejos Políticos Municipales, a los miembros de los Comités Seccionales, a los
dirigentes de los sectores y o
rganizaciones; a los cuadros distinguidos y a la
militancia en general del Partido Revolucionario Institucional en los municipios
del distrito el
ectorales federal número
03
del Estado de Oaxaca, a la celebración
de la Asamblea de Municipios, para la delibe
ración de los temas a que se refiere
la Base Décima de la Convocatoria a la XXI Asamblea Nacional Ordinaria de
nuestro Partido y para la elección de delegados a la Asamblea Estatal del mismo
proceso, a verificarse bajo las siguientes
B A S E S:
PRIMERA:
La Asamblea de Municipios elect
iva y deliberativa se celebrará
el 09
de febrero de 2013, a las 11:00 horas, en
Heroica Ciudad de Huajuapan de
León
,
con domicilio en
Gladiolas N0. 01, Col. Fracc
ionamiento
Jardines del
Sur, Huajuapan de León
.
SEGUNDA:
En el distrito ele
ctoral federal numero
03
d
el Estado de Oaxaca, se
realizará una asamblea de Municipios, para deliberar y acordar sobre propuestas
y comentarios en torno a la actualización de los Documentos Básicos del Partido
Revolucionario Instituciona
l y para elegir delegados que concurran a la Asamblea
de Entidad Federativa con similar objeto.
Podrán participar en esta asamblea de Municipios, los miembros del PRI que se
identifiquen con su credencial para votar con fotografía, expedida por el Instit
uto
Federal Electoral, que corresponda a cualquier Municipio perteneciente al distrito
electoral federal, donde se celebre la Asamblea de Municipios, y que puedan
acreditar documentalmente su militancia, cuando menos, a través del formato
requisitado de la
actualización de datos partidistas, a disposición en el registro de
asistentes.
Todos los militantes asistentes a la asamblea de Municipios, dispondrán de
formatos de actualización de datos partidarios, que servirán, además, para que la
Comisión Naciona
l Organizadora pueda expedir a su favor la Constancia de
Participación a los trabajos de la XXI Asamblea Nacional Ordinaria. Una vez
requisitados, dichos formatos deberán ser recaudados durante el desarrollo de la
Asamblea, por los auxiliares de la Comisió
n Estatal de Procesos Internos.
TERCERA:
La Asamblea de Municipios estará integrada por:
I.
Los y/o las integrantes de la Comisión Estatal de Procesos Internos o de los
y/o las integrantes de sus órganos de apoyo.
II.
Los (las) integrantes en pleno de los
Comités Directivos Municipales del
Partido Revolucionario Institucional de los Municipios del distrito electoral
federal;
III.
Los (las) Secretarios Generales Municipales y/o regionales de los Sectores
Agrario, Obrero y Popular del Partido Revolucionario Instit
ucional, del
distrito electoral federal correspondiente
IV.
Las Secretarias Generales Municipales del Organismo Nacional de Mujeres
Priístas (por sus siglas ONMPRI), de los Municipios respectivos.
V.
Los (las) Secretarios (as) Generales Municipales del Frente J
uvenil
Revolucionario (por sus siglas FJR), de la demarcación electoral federal.
VI.
Los (las) representantes municipales de las Organizaciones Adherentes
con registro Nacional, de los municipios convocados.
VII.
Los (las) Secretarios (as) Generales Municipales de
l Movimiento Territorial
(por sus siglas MT), del distrito electoral federal respectivo.
VIII.
Los (las) Presidentes de las filiales Municipales de la Asociación Nacional de
la Unidad Revolucionaria (por sus siglas ANUR), de la jurisdicción electoral
federal.
IX.
Lo
s (las) Presidentes y Síndicos de extracción priísta, de los Municipios de
que se trate, así como los (las) regidores (as) de Ayuntamientos cuyo
Presidente no sea de filiación Priísta.
X.
Los (las) Presidentes de las filiales Municipales de la Fundación Colo
sio, del
Distrito electoral federal convocado a la asamblea.
XI.
Los (las) Presidentes de las filiales Municipales del ICADEP,
correspondientes a la demarcación electoral federal.
XII.
Los Secretarios Generales Municipales de la Asociación Nacional de la
Unidad Rev
olucionaria (por sus siglas ANUR), correspondientes.
XIII.
Los integrantes en pleno de los Consejos Políticos Municipales del Partido
Revolucionario Institucional, de los Municipios pertenecientes al distrito
electoral federal respectivo.
XIV.
Los Presidentes de los
Comités Seccionales del Partido Revolucionario
Institucional, del distrito electoral federal convocado.
XV.
Los (las) militantes que integren los cuadros distinguidos municipales del
Partido Revolucionario Institucional, de la jurisdicción del distrito elector
al
federal.
XVI.
La militancia general del Partido Revolucionario Institucional en los
Municipios de que se trate.
CUARTA:
La Asamblea de Municipios, de acuerdo con el número de militantes
asistentes a las mismas y el volumen de las participaciones temáticas,
bajo la
ponderación de la Comisión Estatal de Procesos Internos y/o sus órganos de
apoyo, podrán sesionar bajo las siguientes modalidades:
a.
En Pleno. En este caso, los puntos del orden del día se desahogarán, en su
turno, y conforme al orden temático que
se prescribe en la Convocatoria a
la XXI Asamblea Nacional Ordinaria, ante todos los militantes asistentes a
la Asamblea.
b.
En Pleno y en Mesas Temáticas. En este caso, las sesiones comenzarán en
forma de Pleno, continuarán en Mesas de Trabajo Temáticas, y
se
clausurarán en Pleno con la lectura y aprobación de las conclusiones de
cada una de las mesas.
QUINTA:
La sesión de la Asamblea de Municipios, estará presidida en sus dos
etapas, la deliberativa y la electiva, por el Presidente de la Comisión Estatal de
Procesos Internos o el Titular acreditado del Órgano de Apoyo. Desde el inicio de
la Asamblea de Municip
ios, se elegirá a propuesta de los militantes asistentes, a
dos vocales quienes harán la función de escrutadores, en la etapa electiva.
La Asamblea de Municipios, se desarrollarán bajo el siguiente Orden del día:
1.
Instalación de la Asamblea por el Preside
nte de la Mesa Directiva;
2.
Elección de Vocales a propuesta del Presidente de la Mesa Directiva;
3.
Exposición de la temática de la asamblea;
4.
Determinación de la modalidad de Sesión en Pleno o por Mesas.
5.
Integración, en su caso, de las Directivas de Mesa.
6.
Desar
rollo de la etapa deliberativa;
7.
Desarrollo de la etapa electiva de delegados;
8.
Clausura.
SEXTA:
La etapa deliberativa de la Asamblea de Municipios, será conducida por
las Mesas Directivas señaladas en la Base anterior, conforme al orden de los
asuntos esta
blecido en la Convocatoria a la XXI Asamblea Nacional Ordinaria. En
el caso de sesiones por Pleno y Mesas Temáticas de trabajo, éstas últimas se
integrarán e instalarán con el consenso de sus participantes y contarán en cada
caso, con un Presidente, un Vic
epresidente y un Secretario. Adicionalmente, la
Comisión Estatal de Procesos Internos y/o sus órganos de Apoyo, designarán a
un relator específico para cada uno de los temas señalados, quien se ocupará de
integrar la relatoría; formular las conclusiones y
proponer los puntos de acuerdo
de las actividades del Pleno o de las Mesas temáticas, en su caso. Para el
desarrollo de las deliberaciones, las Mesas Directivas tendrán a la vista los
ejemplares necesarios de la Convocatoria a la XXI Asamblea Nacional Ordi
naria,
del Reglamento de la misma y el de la presente Convocatoria y así mismo
contarán con los auxiliares necesarios y los materiales para el desarrollo de su
objeto.
SÉPTIMA:
La etapa a que alude la Base anterior, tendrá el siguiente
procedimiento:
I.
Iniciará con el registro escrito de ponentes que en forma oral o con lectura
de ponencia o propuesta escrita, registren su participación ante la Mesa
Directiva del Pleno o de las Directivas de Mesa,
II.
En el orden de registro, se procederá a la presentación r
azonada de cada
una de las ponencias o propuestas, durante un lapso no mayor a diez
minutos, a fin de propiciar la equidad y proporcionalidad de los debates.
III.
Al término de las presentaciones o exposiciones, el Relator someterá al
Pleno de la Asamblea o a
los participantes de la Mesa temática, en su caso,
las síntesis que merezca cada una de las presentaciones desahogadas y
propondrá puntos de conclusión y acuerdo para ser sometidos a la
aprobación de los militantes asistentes, en su caso, mediante votación
económica directa.
IV.
Los interesados podrán, por una vez solamente, ejercer derecho de réplica
frente al diseño de resúmenes, conclusiones o acuerdos y en todo caso, se
procurará evitar la exclusividad de diálogos.
V.
Las Mesas directivas, según el caso, pod
rán acordar con el voto
mayoritario de los militantes asistentes, modalidades adicionales a los
debates, sin alterar el tiempo que fija la presente Base. Dichas adiciones se
registrarán en las Actas de las Asambleas.
VI.
Una vez agotadas las fases anteriores,
se instruirán sus actuaciones en un
Formato de Relatoría y en una Acta de Asamblea de Municipios en su fase
deliberativa, que será firmada de conformidad por los integrantes de las
mesas directivas y que será entregada por el Presidente de la Mesa
Directiv
a de la Asamblea al Delegado del CEN, acompañada de la
documental generada en la deliberación
OCTAVA:
Una vez concluida la etapa deliberativa, tendrá verificativo la etapa
electiva de la Asamblea de Municipios
, y en ella se elegirán hasta 32
Delegados,
mi
smos que tendrán el derecho de acudir en representación de los Municipios de
que se trate, a la Asamblea Estatal. Esta elección se realizará mediante una o más
planillas de candidatos con el número indicado, respetando la paridad de
género, y cuidando simu
ltáneamente que una tercera parte de sus integrantes
sean jóvenes de hasta 35 años de edad. Para los efectos de lo dispuesto en la
presente Base, la Comisión Estatal de Procesos Internos y/o sus órganos de
apoyo, pondrán a disposición de los interesados lo
s formatos de Planilla, que
garanticen la paridad de género y la proporcionalidad referida de la participación
de los jóvenes.
NOVENA:
Durante el desarrollo de la fase electiva de la Asamblea de Municipios,
la Comisión Estatal de Procesos Internos y/o sus
órganos de apoyo, coordinarán
la integración y elección de la planilla de delegados que asistirán a la Asamblea
de Entidad Federativa, conforme al procedimiento siguiente:
I.
Al inicio de la etapa electiva de la Asamblea de Municipios, el Presidente de
la C
omisión Estatal de Procesos Internos o el Titular acreditado del Órgano
de Apoyo, en su caso, exhortará a los interesados para que registren ante él,
su o sus propuestas de planillas y con el apoyo del personal auxiliar,
verificarán que cumplan los requisi
tos de número y de paridad de género y
participación de los jóvenes de hasta 35 años, conforme a la Convocatoria
correspondiente.
II.
Realizada la verificación, el Presidente de la Comisión Estatal de Procesos
Internos o el Titular acreditado del Órgano de Ap
oyo, hará uso de la voz y
manifestará a los militantes asistentes, el número de planillas registradas,
identificándolas con número, y color, a petición de los interesados.
III.
Se dispondrá del número de urnas que sean necesarias a juicio de la
Comisión Estata
l de Procesos Internos, para que los militantes asistentes
emitan su voto; dicha comisión, por sí o por conducto de sus órganos de
apoyo, tomará las medidas necesarias para la distribución de las boletas
entre los militantes asistentes y asegurar que el su
fragio sea ordenado, libre
y secreto. Preferentemente, las planillas estarán distinguidas por un color de
su preferencia, de entre aquellos que la mesa directiva ponga a su elección,
a fin de que las boletas de votación representen dos o más de todos los
c
olores seleccionados y se entreguen a los sufragantes, para que, de entre
ellas, escojan la del color de la planilla de su preferencia para depositarla en
la urna.
IV.
Concluida la votación, el Presidente de la Comisión Estatal de Procesos
Internos o el Titula
r acreditado del Órgano de Apoyo con el concurso de sus
auxiliares, se encargarán de la extracción de las boletas sufragadas, del
escrutinio y cómputo de las mismas y declarará su resultado y su validez,
haciéndolo del conocimiento de los militantes asiste
ntes, procederán en
seguida al llenado del acta de resultados, la cual, será firmada de
conformidad por los integrantes de la Mesa Directiva de que se trate.
V.
En caso de que solamente se contara con el registro de una sola planilla de
candidatos a delegado
s, el Presidente de la Comisión Estatal de Procesos
Internos o el Titular acreditado del Órgano de Apoyo, verificarán los
requisitos de conformación de la planilla, y darán a conocer esta situación a
los asambleístas, a quienes solicitará la manifestación
de su voto en forma
económica.
DÉCIMA
: Inmediatamente a la Clausura de la Asamblea de Municipios, el
Presidente de la Comisión Estatal de Procesos Internos y /o los titulares de sus
órganos de apoyo, integrarán un paquete informativo que contendrá:
a.
El
registro general de Asistencia a la Asamblea de Municipios.
b.
Los formatos requisitados de actualización de datos partidarios de los
militantes asistentes a la Asamblea de Municipios.
c.
El acta de Asamblea de Municipios en sus fases deliberativa y electiva, a
la
que se acompañarán tanto los documentos aportados por los ponentes y
los generados por las relatorías, como las constancias de registro, boletas
y actas de cómputo.
d.
El informe Ejecutivo de la Asamblea de Municipios.
e.
Los demás documentos y materiales que
se hayan generado en la
Asamblea.
El Presidente de la Comisión Estatal de Procesos Internos y /o los titulares de sus
órganos de apoyo elaborarán un informe ejecutivo y, de modo inmediato,
procederán a reproducir en scanner el acta de Asamblea de Municipios en sus
fases deliberativa y elec
tiva para proceder a trasmitirlas vía Internet a la Comisión
Nacional de Procesos Internos con sede en la Ciudad de México, Distrito Federal.
Acto seguido, integrará sus originales al paquete informativo, que será
entregado al Delegado del CEN el mismo día
de la celebración de la Asamblea y,
con causa justificada, dentro de las 24 horas siguientes.
Por su parte, el Delegado del CEN, una vez recibidos los paquetes con el informe,
en cada caso, formará las relaciones de nombres de los Delegados electos a la
Asamblea de Entidad Federativa.
DÉCIMA PRIMERA:
Los casos no previstos, tanto para la etapa deliberativa como
la electiva de la Asamblea de Municipios, serán resueltos por la Comisión Estatal
de Procesos Internos o el Titular acreditado del Órgano de Apo
yo, en su caso, por
la vía más económica y expedita.
Dada en la ciudad de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a los treinta días del mes de
enero del año de 2013.
“Democracia y Justicia Social”
Por el Comité Directivo Estatal
C.P. SALVADOR SÁNCHEZ VAZQUEZ
DELEGADO ESPECIAL PARA EL DESAPACHO
DE LA PRESIDENCIA DEL CDE DEL PRI
LIC. ALEJANDRO AVILEZ ALVAREZ
DELEGADO ESPECIAL PARA EL DESPACHO DE
LA SECRETARIA GENERAL DEL CDE DEL PRI