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Oaxaca (Boletín).-Este viernes fue
instalada la Junta Directiva del Colegio de Bachilleres del Estado de Oaxaca
(COBAO), órgano colegiado más importante de la institución, encargado
de dictar los lineamientos para lograr el cumplimiento de las metas académicas
y administrativas del Colegio.
En un acto protocolario, llevado a cabo en las oficinas de la Dirección
General del COBAO, rindieron protesta, como presidente José Javier Villacaña
Jiménez, secretario de Administración, en suplencia del Titular del Poder
Ejecutivo, y como secretario técnico, el director General del Colegio, Rodrigo
González Illescas.
En cumplimiento a lo que dispone el artículo 5 de la Ley que Crea el
Colegio de Bachilleres del Estado de Oaxaca, también rindieron protesta, en
calidad de vocales de la Junta Directiva, el titular del Instituto Estatal de
Educación Pública de Oaxaca, Germán Cervantes Ayala, el delegado en Oaxaca de
la Secretaría de Educación Pública, Porfirio Soriano Morales; el Secretario de
Finanzas, Jorge Gallardo Casas, y el coordinador General del Comité de
Planeación para el Desarrollo, Celestino Manuel Alonso
Álvarez.
Del mismo modo, la Junta Directiva es también integrada en sus vocalías
por Ana Isabel Vásquez Colmenares, titular de la Secretaría de las Cultura y
Artes de Oaxaca, Olivetti Paredes Zacarías, directora del Instituto de la
Juventud del Estado de Oaxaca, y como representantes del sector empresarial y
social, Javier Pérez Chavarría e Isidoro Yescas Martínez, respectivamente.
En cumplimiento a lo que dispone la Ley del COBAO, el secretario de la
Contraloría y Transparencia Gubernamental, José Ángel Díaz Navarro, asumió la
responsabilidad como Comisario de la Junta Directiva del Colegio de Bachilleres
del Estado de Oaxaca.
Entre las atribuciones más importantes de este
Órgano Colegiado del COBAO, se encuentran la de establecer las normas y
políticas generales que permitan el cumplimiento de los objetivos del Colegio;
aprobar los planes de estudio, programas y presupuestos del COBAO, y determinar
las bases conforme a las cuales se otorgue el reconocimiento de validez a
estudios realizados en establecimientos educativos oficiales y particulares que
se incorporen al Colegio, y que impartan el mismo tipo y nivel educativo, según
lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley del COBAO.