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Oaxaca (Boletín).- El
Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, confirmó la elección de autoridades en
los municipios de Santo Domingo Tehuantepec, Santa María Cortijo, Santa María
Tonameca y Loma Bonita.
Respecto
a la elección de autoridades en Santo Domingo Tehuantepec, al existir diversas
irregularidades, el TEEO declaró la nulidad de la votación recibida en las
casilla 2219 básica, 2208 contigua 1, 2207 especial 1 y 2210 contigua 2, por lo
que se modificaron los resultados contenidos en el acta de cómputo municipal de
la elección de concejales, no obstante se confirmó la declaración de validez y
el otorgamiento de la constancia a favor de la planilla ganadora al no cambiar
el resultado de ganador en la contienda.
Por
otra parte el TEEO, validó la elección de autoridades en Santa María Tonameca,
porque los demandantes, no acreditaron con prueba alguna, la existencia de
compra de votos, robo de boletas, instalación de casillas en domicilio
distinto, presión sobre los funcionarios de las mesas directivas de casillas,
antes y durante la jornada electoral; omitiendo precisar las circunstancias de
modo, tiempo y lugar en las que acontecieron los hechos.
En
relación a la elección de concejales en el municipio de Loma Bonita, no constó
en el expediente elemento probatorio alguno, como podría ser: actas de
incidentes, aviso de suspensión de votación, certificación realizada por el
Consejo Electoral Municipal, respecto a los incidentes ocurridos en las 50
casillas impugnadas por el partido demandante.
En
lo referente a la elección de autoridades en el municipio de Santa María
Cortijo, de las actas de escrutinio y computo y actas de la jornada electoral,
no se encontró que se hayan asentado violaciones graves y generalizada, ni que
se hayan levantado hojas de incidentes, tampoco los demandantes aportaron
pruebas idóneas para acreditar sus dichos, incumpliendo con la carga probatoria
que prevé el artículo 15, numeral 2 de la Ley de Medios.
Finalmente,
el Pleno del TEEO confirmó la asignación de regidurías por el principio de
representación proporcional en el municipio de San Juan Bautista Tuxtepec,
porque los resultados emitidos por el Consejo Municipal Electoral, y calculado
el cociente electoral, este Tribunal llega a la conclusión que la asignación de
regidurías por el principio de representación proporcional fue realizada
conforme a derecho.