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Oaxaca (Boletín).- El Instituto de la Mujer Oaxaqueña (IMO) hace un respetuoso llamado al Tribunal Estatal Electoral para que, con apego a la legalidad en la materia, resuelva el recurso de inconformidad que el pasado 2 de mayo presentó la ciudadana Evic Julián Estrada ante las irregularidades registradas en la elección municipal extraordinaria de San Juan Lalana, Choapam.
A un mes de que el Tribunal Estatal Electoral recibiera el recurso de inconformidad, el Instituto de la Mujer Oaxaqueña externa su confianza en que éste considerará todos los elementos aportados por la ex candidata Evic Julián y tomará una decisión que permita la protección de sus derechos políticos.
Además, el IMO se pronuncia porque quienes integran dicho órgano den a conocer a la brevedad la situación legal o el curso que ha tomado el caso, ya que sólo se sabe que está en revisión, sin que se haya hecho público a qué sala fue turnado.
Evic Julián Estrada, indígena zapateca originaria y vecina del municipio de San Juan Lalana, del distrito de Choapam, localizado a 326 kilómetros de la ciudad de Oaxaca, ganó el 26 de diciembre la elección municipal al obtener dos mil 211 votos, mil 310 más que los que consiguió Salvador Enríquez Ramírez, el otro candidato registrado.
San Juan Lalana es un municipio de alta marginación con población mayoritariamente indígena, en el que el anterior proceso electoral municipal, el del 2007, no pudo realizarse y las autoridades municipales nombraron a José Estebán Medina como presidente municipal.
Previendo las dificultades para realizar la elección de la autoridad municipal que entraría en funciones el 1 de enero del 2011, las personas interesadas en contender por la presidencia ya habían iniciado desde octubre del 2010 una serie de reuniones en el Instituto Estatal Electoral, órgano ante el cual se expresaron las actitudes misóginas de diferentes candidatos que se negaban a que Evic Julián participara en el proceso porque ninguna mujer lo había hecho.
El 30 de diciembre Evic Julián recibió del Instituto Estatal Electoral su constancia de mayoría como presidenta municipal electa de San Juan Lalana, lo que le permitió tomar protesta de su cargo el sábado 1 de enero del 2011, sin que se supiera que unas horas antes el Tribunal Estatal Electoral revocó la validación bajo el argumento de que la etapa conciliatoria no había sido agotada.
Ante la sentencia que el 31 de diciembre del 2010 emitió el Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca en los expedientes RISDC/48/2010, C.A/77/2010, JDC/57/2010 y JDC/59/2010, Evic Julián interpusó un Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano en la Sala Regional de Xalapa, del Tribunal Federal Electoral, como consta en el expediente SX-JDC-13/2011.
El Instituto Estatal Electoral había validado la elección del 26 de diciembre y el 21 de enero le entregó una segunda constancia de mayoría, pero el 30 de enero la Sala Regional de Xalapa del Tribunal Federal Electoral resolvió a favor de los candidatos inconformes que promovieron un Juicio contra Evic Julián y la elección volvió a ser anulada
Evic Julián recurrió entonces a presentar un Recurso de Reconsideración, mismo que no fue admitido por la Sala Superior del Tribunal Federal Electoral y el 17 de abril del 2011 se volvió a realizar una elección en la que resultó electo Celestino Pérez Cardoza con 3 mil 99 votos y Evic Julián recibió 2 mil 631, 520 más que en la elección del 26 de diciembre.
El recurso de inconformidad presentado el 2 de mayo ante el Tribunal Estatal Electoral se fundamenta en las violaciones que se hicieron antes y durante el proceso del 17 de abril pasado, ya que, por citar algunos requisitos de la convocatoria emitida por el Consejo Municipal Electoral de San Juan Lalana, no se contó con un Notario Público en cada una de las nueve asambleas, tampoco hubo autoridades que instalaran las asambleas no se verificó el quórum, no se perforaron las credenciales de las personas que votaron, ni se pormenorizaron las actas según lo marcan los criterios electorales.
Ante esta situación, el Instituto de la Mujer Oaxaqueña se pronuncia porque el Tribunal Estatal Electoral garantice los derechos políticos de Evic Julián y la autonomía de las 35 comunidades indígenas que integran el municipio de San Juan Lalala, porque mientras más espacios en cargos de toma de decisión sean ocupados por mujeres, la democracia se fortalecerá.
A un mes de que el Tribunal Estatal Electoral recibiera el recurso de inconformidad, el Instituto de la Mujer Oaxaqueña externa su confianza en que éste considerará todos los elementos aportados por la ex candidata Evic Julián y tomará una decisión que permita la protección de sus derechos políticos.
Además, el IMO se pronuncia porque quienes integran dicho órgano den a conocer a la brevedad la situación legal o el curso que ha tomado el caso, ya que sólo se sabe que está en revisión, sin que se haya hecho público a qué sala fue turnado.
Evic Julián Estrada, indígena zapateca originaria y vecina del municipio de San Juan Lalana, del distrito de Choapam, localizado a 326 kilómetros de la ciudad de Oaxaca, ganó el 26 de diciembre la elección municipal al obtener dos mil 211 votos, mil 310 más que los que consiguió Salvador Enríquez Ramírez, el otro candidato registrado.
San Juan Lalana es un municipio de alta marginación con población mayoritariamente indígena, en el que el anterior proceso electoral municipal, el del 2007, no pudo realizarse y las autoridades municipales nombraron a José Estebán Medina como presidente municipal.
Previendo las dificultades para realizar la elección de la autoridad municipal que entraría en funciones el 1 de enero del 2011, las personas interesadas en contender por la presidencia ya habían iniciado desde octubre del 2010 una serie de reuniones en el Instituto Estatal Electoral, órgano ante el cual se expresaron las actitudes misóginas de diferentes candidatos que se negaban a que Evic Julián participara en el proceso porque ninguna mujer lo había hecho.
El 30 de diciembre Evic Julián recibió del Instituto Estatal Electoral su constancia de mayoría como presidenta municipal electa de San Juan Lalana, lo que le permitió tomar protesta de su cargo el sábado 1 de enero del 2011, sin que se supiera que unas horas antes el Tribunal Estatal Electoral revocó la validación bajo el argumento de que la etapa conciliatoria no había sido agotada.
Ante la sentencia que el 31 de diciembre del 2010 emitió el Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca en los expedientes RISDC/48/2010, C.A/77/2010, JDC/57/2010 y JDC/59/2010, Evic Julián interpusó un Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano en la Sala Regional de Xalapa, del Tribunal Federal Electoral, como consta en el expediente SX-JDC-13/2011.
El Instituto Estatal Electoral había validado la elección del 26 de diciembre y el 21 de enero le entregó una segunda constancia de mayoría, pero el 30 de enero la Sala Regional de Xalapa del Tribunal Federal Electoral resolvió a favor de los candidatos inconformes que promovieron un Juicio contra Evic Julián y la elección volvió a ser anulada
Evic Julián recurrió entonces a presentar un Recurso de Reconsideración, mismo que no fue admitido por la Sala Superior del Tribunal Federal Electoral y el 17 de abril del 2011 se volvió a realizar una elección en la que resultó electo Celestino Pérez Cardoza con 3 mil 99 votos y Evic Julián recibió 2 mil 631, 520 más que en la elección del 26 de diciembre.
El recurso de inconformidad presentado el 2 de mayo ante el Tribunal Estatal Electoral se fundamenta en las violaciones que se hicieron antes y durante el proceso del 17 de abril pasado, ya que, por citar algunos requisitos de la convocatoria emitida por el Consejo Municipal Electoral de San Juan Lalana, no se contó con un Notario Público en cada una de las nueve asambleas, tampoco hubo autoridades que instalaran las asambleas no se verificó el quórum, no se perforaron las credenciales de las personas que votaron, ni se pormenorizaron las actas según lo marcan los criterios electorales.
Ante esta situación, el Instituto de la Mujer Oaxaqueña se pronuncia porque el Tribunal Estatal Electoral garantice los derechos políticos de Evic Julián y la autonomía de las 35 comunidades indígenas que integran el municipio de San Juan Lalala, porque mientras más espacios en cargos de toma de decisión sean ocupados por mujeres, la democracia se fortalecerá.