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(Boletin).-Integrantes de
organizaciones como el Colectivo por la Ciudadanía de las Mujeres A.C.,
Colectiva Ciudad y Género A.C., Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la
Equidad Oaxaca A.C, Ixmucane A.C. y Círculo de Mujeres Mixtecas entregaron a la
presidencia de la Mesa Directiva de la LXIV Legislatura del H. Congreso del
Estado de Oaxaca, la Iniciativa Ciudadana con Proyecto de Decreto que Reforma
Diversos Artículos de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, en
materia de paridad de género, el cual será votado en el pleno.
Con la presencia de
legisladoras y legisladores, y tras exponer un amplio marco legal de orden
internacional y nacional, el Colectivo destacó que las mujeres tienen derecho a
vivir libres de violencia, en tanto la reforma constitucional al artículo 41 en
el año 2014, determina que los partidos políticos deberán promover la
participación en la vida democrática y posibilitar el acceso de las y los
ciudadanos al ejercicio del poder público de acuerdo con la paridad de género.
Desde entonces, dicen, la participación de las mujeres ha incrementado en los
procesos electorales recientes, pero con ello aumentaron también nuevas formas
de violencia contra ellas al ejercer sus derechos políticos y asumir cargos de
representación popular.
En el proceso
electoral 2014-2015 en México, la Fiscalía Especializada para la Atención de
Delitos Electorales reportó 38 casos de violencia política contra las mujeres
en ocho estados del país. En Oaxaca se han suscitado hechos frecuentes de
simulación en la paridad de género, pues los partidos políticos utilizan a las
mujeres para cumplir con el requisito de paridad y al ganar, las obligan a
renunciar a sus cargos poniendo a un hombre en su lugar.
Esta situación es
violencia política contra las mujeres y se ha venido dando por múltiples
razones, las cuales se ven agravadas por los vacíos que tiene la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Oaxaca, advirtieron activistas del Colectivo.
Es imprescindible
que la Ley Orgánica Municipal incorpore lo establecido por el Instituto
Nacional Electoral, para evitar más actos de simulación en materia de paridad
de género. Por ello se propone modificar el artículo 27 para incorporar que un
derecho ciudadano es que mujeres y hombres en igualdad de circunstancias
accedan a toda clase de comisiones, o cargos de carácter municipal.
Se sugiere también
incorporar un segundo párrafo al artículo 34 y al artículo 41 con el fin de
establecer que en caso de renuncia, el Ayuntamiento sin excepción,
garantizará que la sustitución al cargo sea por una persona del mismo género,
respetando el principio de paridad de género establecido en el artículo 41
constitucional.
Se plantea en el
artículo 44 que el Ayuntamiento en ningún caso deberá impedir el acceso ni el
ejercicio de las mujeres a ningún cargo político de elección popular; y
no deberá ejercer violencia política contra las mujeres.
También, se propone
modificar la fracción II del artículo 58, con el fin de actualizarla y
establecer en lugar de “garantías individuales y sociales”, el de los “derechos
humanos y sus garantías”, tal y como se establece en nuestra Carta Magna.
Finalmente, se
sugiere adicionar un artículo 86Bis, con la finalidad de establecer que en los
casos de suspensión, revocación, licencias, renuncias y abandono del cargo, así
como por el fallecimiento de las y los concejales, el Ayuntamiento, en todos
los casos garantizará que la sustitución sea por una persona del mismo
género.