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Oaxaca (Jaime García).- El Congreso local
aprobó reformas y adiciones al Código Civil y al de Procedimientos Civiles para
el Estado de Oaxaca para que las actas de nacimiento no requieran ser
actualizadas y evitar con ello que la ciudadanía haga gastos innecesarios; así
también para simplificar el procedimiento del divorcio incausado, garantizando
con ello el respeto a la dignidad de los ciudadanos.
Cada
año miles de oaxaqueños gastan para actualizar sus actas de nacimiento, ya sea
porque van a ingresar a planteles educativos, realizarán trámites oficiales o médicos;
no obstante, los legisladores se pusieron de acuerdo y, sin contar las
diferentes ideologías políticas, todos votaron a favor del dictamen emitido por
la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, que adiciona el
artículo 66 Bis respecto a la vigencia de las actas de nacimiento en el
territorio estatal.
A
partir de ahora en adelante, las actas de nacimiento que se encuentren en buen
estado, sin tachaduras, borraduras, enmiendas y legibles; podrán utilizarse sin
importar el año en que hayan sido expedidas, porque las actas no están sujetas
a plazos de caducidad, precisaron los legisladores.
En
tanto, en el tema del divorcio, la modificación consiste en que, una vez
admitida la demanda de divorcio, el juzgador requerirá al actor para que en
término de tres días ratifique su demanda y una vez ratificada se decrete el
divorcio, sin necesidad de esperar a la audiencia.
Y
una vez decretado el divorcio, el Juez de Primera Instancia remitirá copia de
ella al Oficial del Registro Civil ante quien se celebró el matrimonio, para
que levante el acta correspondiente.Las
reformas se hicieron al artículo 294 del Código Civil y a los artículos 146 y
664 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de
Oaxaca, que también obedece al principio de interés superior del menor.