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Oaxaca (Boletín).- El Tribunal
Electoral del Estado de Oaxaca confirmó el acuerdo IEEPCO-CG-117 y 118-2016,
mediante el cual el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de
Oaxaca declaró la pérdida de registro del Partido Renovación Social (PRS).
Los
Magistrados consideraron que la eliminación del registro deriva de la no
obtención del porcentaje legal de votación correspondiente, aun cuando el
PRS obtuviera el 100% de los votos en la
elección extraordinaria de Santa María Xadani, dicho instituto político no
alcanzaría el tres por ciento de la votación válida emitida para conservar su
registro como partido.
Por
otra parte, el Pleno del Tribunal Electoral ordenó a los Ayuntamientos de San
Antonino Castillo Velasco, Santo Tomás Tamazulapam y Santo Domingo Tonalá
realizar el pago de dietas a ex Regidores de estas localidades.
Lo
anterior, al resolver el JDC/03/2017 iniciado por René Alonso Córdova quién
demandó al Ayuntamiento de San Antonino Castillo Velasco el pago de dietas
correspondientes a los meses de noviembre a diciembre de 2016, respecto a este
asunto los magistrados consideraron fundados los agravios debido a que la
autoridad responsable no acreditó el pago de las dietas reclamadas por el
demandante.
Asimismo,
en el JDC/12/2017, José Aragón Ruiz, demandó la omisión del Ayuntamiento de
Santo Tomás Tamazulapam la negativa de pagarle las dietas como Regidor,
correspondientes a los meses de septiembre a diciembre, así como el pago de
aguinaldo de 2016, hechos que no fueron acreditados por la autoridad
responsable.
Finalmente,
respecto al juicio para la protección de los derechos político electorales del
ciudadano JDC/127/2016, iniciado por Óscar Herrera Hernández quien demandó al
municipio de Santo Domingo Tonalá realice el pago de dietas y compensaciones de
fin de año.
En
el informe rendido por el Presidente de la Comisión de Gobernación de la
Sexagésima Legislatura se da a conocer que la revocación del mandato del
recurrente no ha concluido, lo cual quiere decir que el demandante goza del
derecho de reclamar las prestaciones citadas, por lo que el TEEO ordenó al Presidente
Municipal de dicho Ayuntamiento pagar a Herrera Hernández la cantidad de 247
mil 500 pesos, correspondiente al salario de los años 2014, 2015 y 2016.