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Juchitán (Boletín).-El cabildo
juchiteco en su sesión extraordinaria realizada la tarde noche del lunes, analizó la información que la comisión
electoral presentó respecto a las convocatorias y procedimientos para la
elección de agentes municipales y de policía en el municipio de Juchitán de
Zaragoza, en base a lo que el ayuntamiento le mandata la ley orgánica municipal
y el bando de policía y gobierno vigentes.
En
ese sentido cumpliendo con su obligación la comisión electoral integrada por
concejales del ayuntamiento Juchiteco emitieron en tiempo y forma las
convocatorias para las elecciones en la Agencia de policía Ejido Zapata en donde se determinó en base al sufragio
libre, secreto y directo la asignación de
Andrés
Sánchez Luis como agente electo de esa comunidad.
De igual forma este órgano colegiado encabezado
por Gloria Sánchez López determinó aprobar las convocatorias para la elección
en las agencias de “La venta” a celebrarse el próximo 5 de marzo, así como el
de “Chicapa de Castro” que se realizará el 12 del presente mes las cuales fueron publicadas en los distintos
medios impresos y digitales de este municipio.
Como
resultado de las reuniones y consensos entre diversos sectores políticos y
expresiones que aspiran a representar a sus comunidades, el cabildo juchiteco
ha determinado dar prioridad al principio de inclusión, así como de garantizar
que todos los sectores y géneros tengan el derecho a participar en la elección
de sus autoridades locales.
La
presidenta municipal Gloria Sánchez
López al encabezar esta sesión extraordinaria de cabildo expresó “las y los juchitecos tenemos la prioridad de
elegir a nuestras autoridades locales, lo que implica una participación
democrática que hemos logrado desde hace
años y que hoy ejercemos de manera libre
y voluntaria”.
En
su decisión de hacer cumplir el artículo 79 de la ley orgánica municipal los
integrantes del cabildo de Juchitán urgió a la comisión electoral a mantenerse
atentos y comprometidos en los trabajos del
proceso de las convocatorias de elección en las demás agencias
municipales y de policía y que éstas sean
publicadas en tiempo y forma por ley señalada.